La sorprendente vida y milagros de tu hipoteca


images[1] (2)Se sabe muy poco acerca de lo que el banco hace con tu hipoteca. Si llegas al final de éste recorrido, te darás cuenta de la poca o más bien nula legitimidad que tienen las entidades financieras para apropiarse de las viviendas de los hipotecados, al echarlos de su casa, poniéndole los muebles en las calle e invitarlos a vivir bajo un puente. En el post anterior, ver La “bomba atómica” dirigida a la banca está lanzada Sigue leyendo →  hemos leído y visto, en texto y en video, cómo los bancos no sacan de su caja fuerte el dinero que te han prestado, sino que extienden un cheque, que quien lo recibe, para poderlo cobrar, lo tiene que ingresar en la cuenta que dispone en otro banco. Todo acaba en apuntes contables con anotaciones que un banco le debe a otro cierta cantidad pero resulta que ese “otro banco” también le debe a él por similares operaciones, a lo que se unen otros y otros bancos por análogas operaciones. ¿Cómo acaba la película? Pues que se saldan a través de una cámara de compensación, intercambiando papelitos, los cheques emitidos, y como mucho se liquidan calderilla. Establecido este punto de origen se puede iniciar el recorrido de un préstamo con garantía hipotecaria otorgado por una entidad financiera. Para una exposición simplificada conviene describir el transito por etapas.

trofeo-de-los-deportes-con-el-numero-1_408-64212[1]PRIMERA ETAPA: La entidades financieras acumulan los préstamos hipotecarios y los empaquetan en una relación expuesta en un folleto con las condiciones que se ofrecen las miles de hipotecas que contiene. El folleto de emisión va dirigido a los inversores, sobre todo a los extranjeros, y se registra en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). A partir de ese momento las hipotecas dejan de existir individualmente para convertirse en participaciones hipotecarias, partes (trozos) del contenido de la emisión. La participación puede ser de un importe determinado, por ejemplo un bono de 100.000 euros, y la emisión varía su cuantía pero de 5.000 millones de euros hay muchas. Es importante captar, por la trascendencia de este asunto, que lo que se coloca en el mercado financiero es una participación de la emisión que volviendo al ejemplo de una emisión de 5.000 millones de euros un bono de 100.000 euros tendría una participación del 0,00002 del total del “paquete” y se le transmite un derecho sobre el principal del préstamo hipotecario y el interés pactado en el folleto que puede ser, como ejemplo, Euribor + 0,25. Como se le transmite al bonista el riesgo de impago la ley española se pronuncia que también se debe de transmitir la garantía sujeta al préstamo hipotecario. Este asunto lo remataré más adelante. De momento quédate con la copla que el bonista adquiere una parte alícuota de la emisión. Sigo adelante.

Quienes gestionarán ésta participación hipotecaria en el mercado financiero será un Fondo de Titulización, un ente sin personalidad jurídica creado por el propio banco. Lo más relevante de esta intermediación es la que permite al banco sacar de su balance contable estos préstamos como activo en riesgo y así poder soslayar las normas de Basilea III que especifican que los recursos propios tienen que estar por encima del 8% del riesgo. Es de destacar que esta operativa de quitar del balance contable estos préstamos susceptibles de impago, y con la aportación de una garantía también susceptible de perder valor, soslayando las normas de seguridad fijadas por Basilea III, ha sido el motivo del derrumbe de la banca española con el consecuente descalabro de la economía en general y el brutal incremento de la deuda soberana. Es decir, el mismo capital social ha mantenido un creciente endeudamiento que se ha ocultado sacándolo de la vista, al transferirlo, sin dejar constancia registral, al Fondo de Titulización. Es el Fondo de Titulización, que actúa en una estructura de neto patrimonial, (sin capital social, lo que tengo por lo que debo) quien recibe el importe de la colocación de los bonos y los traslada al originador, que así se llama en el argot financiero al banco que ha suscrito los préstamos. En esta comedia hay otro actor: la Sociedad de Gestión, controlada por el mismo banco o disfrazada para disimular, y es quien se encarga de colocar en el mercado financiero las participaciones hipotecarias en formato de bono hipotecario y deja muy claro, en el papeleo, que transmite el riesgo al bonista, a diferencia de la legislación anglosajona que no lo transmite. CONCLUSIÓN DE LA PRIMERA ETAPA: Hasta aquí el negocio es fantástico. Como se ha descrito el banco sin abonar un solo euro de su caja de caudales ha ingresado el importe del préstamo otorgado al “venderlo” en el mercado financiero.

imagesU4I9AFOASEGUNDA ETAPA: Para continuar con el recorrido de este préstamo es necesario establecer el punto de origen del que se parte. Con el fin de no mantener en una entelequia el apunte contable que el banco realiza cuando otorga un préstamo, y para no entrar en movimientos contables de debe y de haber que pueden resultar complejos para quienes no dominan esta operativa, se reduce a lo más comprensible. Para dejar constancia y situar en contexto el apunte enigmático por el que se manifiesta que los bancos crean dinero de la nada, conviene advertir que el desencadenante de este resurgimiento dinerario es precisamente el uso contable que se hace de la garantía que ampara el préstamo. La garantía normalmente inmuebles propiedad del prestatario o terceros avalistas, en lugar de guardarla en un cajón, ya que figura explícitamente en el contrato de préstamo, el banco la interpreta como un activo; y ésta es la añagaza que se utiliza para elevar la suma del activo. Si bien es cierto, que necesita una anotación en el pasivo que contrarreste la devaluación que va teniendo conforme pasa el tiempo y el deudor atiende sus obligaciones de pago. Se hace énfasis respecto a la garantía, ya que finalmente entra en controversia. Es importante aclarar que estas anotaciones que figuran en el pasivo: no son exigibles. El misterio resultante de la otorgación de ese préstamo proviene de la salida contable de Caja, que se materializa con la extensión de un cheque bancario que, como se ha dicho, acabará en las cuentas de otro banco que remitirá a un centro de compensación del sistema financiero y se liquidará a través de un saldo entre los cheques emitidos y recibidos.

imagesU181AHTMSOBRE ESTA SEGUNDA ETAPA: Lo habitual en la operativa bancaria, ha sido lo anteriormente expuesto: el banco transfiere los préstamos hipotecarios a un Fondo de Titulización, bajo su misma estructura, que actúa por el neto patrimonial (sin capital social) y es la Sociedad Gestora que coloca en el mercado financiero participaciones de una emisión concreta. Lo relevante de este cambalache es la desaparición de los préstamos otorgados del balance contable, lo que permitirá repetir una y otra vez la operación con el mismo capital social. En definitiva el banco elimina los riesgos por la otorgación de miles de préstamos con garantía hipotecaria y es el Fondo de titulización quien los mantiene en su balance contable. Una vez culminada la operativa bancaria de transformar los préstamos hipotecarios en bonos hipotecarios y colocados en el mercado financiero, el banco recibe a través del fondo el dinero correspondiente, que lo utiliza para incrementar su liquidez e inversiones. Simultáneamente a esta operación de titulización, el banco inicia una nueva concentración de préstamos hipotecarios en un “paquete” y repite el camino antes descrito. Con este tipo de operaciones el banco deja de ser dueño del préstamo, ya que lo es el bonista por participación, y la entidad financiera asume el papel de gestor del cobro del nominal más los intereses pactados en el folleto de emisión. Nada que ver con la cuota mensual que ingresa el deudor de la hipoteca. De ésta discrepancia hablaré más adelante.

images[8]El negocio del banco consiste en un diferencial entre el precio que cobra al deudor de la hipoteca y el que paga a su acreedor, el bonista, por cuota anual. El banco no cree tener suficiente con éste diferencial y se salta a la torera todo un lote de “prestaciones accesorias”, que se queda para sí, en contradicción con lo manifestado al bonista sobre el rendimiento que obtiene por el préstamo hipotecario. Destacan en ese lote de apropiaciones que no le corresponden: los intereses de demora, recargos, comisiones por reclamación, prestaciones accesorias que se atribuye a su favor. Se puede sostener que cuando un banco cede una participación hipotecaria en la que modifica las condiciones de la mismas (es decir, no permite participar al cesionario de todas las comisiones e ingresos pactados, incluyendo las demoras), está haciendo una novación del contrato, según se desprende del código civil. Todos los contratos hipotecarios incluyen una renuncia (nula, por cierto) sobre la cesión del crédito (porque no es una cesión pura sino parcial o novativa). Cuando el banco cede un préstamo, cede lo inscribible, por eso la Ley no contempla la cesión de obligaciones puramente personales: forma de pago, bonificaciones de intereses, la obligación de contratar seguros del inmueble o de vida …….. y mucho menos las fianzas solidarias. La razón de no inscribir, es para ocultar que esa cesión es una novación. ¿Cuántos avalistas habrán sucumbido bajo este proceder? Como colofón convendría situar que la cesión del crédito es solo por lo inscrito en el Registro de la Propiedad (escritura del préstamo hipotecario) ya que la Ley no contempla la cesión de obligaciones puramente personales. (Sobre el tema de los avalistas hay mucho que decir y por tanto, me comprometo a desarrollar este asunto) CONCLUSIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA: Hasta aquí el negocio continúa siendo fantástico. Como se ha descrito el banco sin abonar un solo euro de su caja de caudales ha ingresado el importe del préstamo otorgado y se lucra de comisiones e ingresos de obligado cumplimiento; incluso de lo que no le corresponde.

 images0YN7DBN9TERCERA ETAPA: Adicionalmente al trayecto recorrido por el préstamo hipotecario que se describe, el banco puede obtener liquidez en el Banco Central Europeo al presentar como garantía esta hipoteca, con tipos de intereses  próximos a cero. De nuevo el banco ingresará en su caja el importe de un paquete de hipotecas, y en esta ocasión, en su pasivo figurará como préstamo a devolver. CONCLUSIÓN DE LA TERCERA ETAPA: Por segunda vez el banco, sin abonar un solo euro de su caja de caudales, ha ingresado el importe del préstamo inicial otorgado, obteniendo liquidez a un bajísimo tipo de interés.

images62FD6AXXCUARTA ETAPA: No todos los préstamos con garantía hipotecaria acaban el recorrido previsto de sus vencimientos, y entran en mora. Al deudor se le aplica el vencimiento anticipado al que se añaden los intereses de demora y los gastos de ejecución. Para saldar la deuda se subasta el bien inmueble que lo garantiza y como ocurre ahora, que no hay postores, el banco se la adjudica al 60% del valor de la tasación. El diferencial, entre el valor del inmueble y el importe de la deuda corre a cargo del hipotecado al no aceptar la dación en pago. Es decir, el banco lleva a su activo el valor del inmueble y la deuda que se le adjudica al hipotecado. En el pasivo, ninguna anotación, ya que la operación se extrajo del balance contable. De ésta lucrativa operación por parte del banco sorprende que se pueda adjudicar la garantía vinculada al fallido préstamo, cuando tan solo es el gestor de cobro.

images[2] (2)Se hace necesario preguntarse: ¿Cuál es la estrategia del banco? Cuando se pagan recargos e intereses de demora se abonan estos primero, sin amortizar principal ni intereses ordinarios. ¿No es algo parecido al anatocismo? el banco controla todo el proceso: el fondo de titulización “puede” iniciar acciones de ejecución si el banco no lo hace, pero ¿Quién controla el fondo de titulización? al banco le interesa que mientras pueda sacar algo al cliente, los pagos sean en concepto de intereses de demora, sanciones, recargos,…. sin pagar principal e intereses. Cuando el deudor ya no da nada más de sí, se procede a la vía judicial y a la ejecución hipotecaria. Lo más beneficioso para un deudor insolvente sería una dación en pago y/o venta inmediata del inmueble. Al banco le interesa encarecer al máximo el proceso. Recordemos las ventajas que se adjudica el banco: a) sólo proporciona el 80% del valor del inmueble y el cliente ha ido amortizando principal, b) hay un seguro de vida a su favor, c) hay seguro de vivienda en el que el beneficiario es el banco, d) hay garantías adicionales e incluso fiadores solidarios. CONCLUSIÓN DE LA CUARTA ETAPA: Por tercera vez, el banco, sin abonar un solo euro de su caja de caudales, ha ingresado el importe del préstamo pendiente al que se han añadido intereses moratorios y gastos de ejecución, al adjudicarse el bien inmueble, complementado con la deuda adicional atribuida al hipotecado.

imagesQPFXT6V1QUINTA ETAPA: En el activo del banco figura por una parte el valor del inmueble, y adicionalmente, el importe de la deuda adjudicada al hipotecado. Es entonces cuando interviene la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), que adquiere, con fondos públicos, el inmueble (la garantía) y de nuevo el oscurantismo impide ver el importe de la trasmisión. Se sospecha que la adjudicación ha sido por el valor en libros del préstamo y no obstante no rescata al deudor, a pesar que el Sareb, presumiblemente, ha pagado por el inmueble un importe suficiente para saldar su deuda. ¿Están ganando dinero los bancos con el traspaso a la sareb? ¿Están dosificando este ingreso para dar beneficios? CONCLUSIÓN DE LA QUINTA ETAPA: Por cuarta vez el banco, sin abonar un solo euro de su caja de caudales, ha ingresado el importe del préstamo que figura en libros. A pesar del importe pagado por el Sareb el banco mantiene al hipotecado con su deuda pendiente

imagesUNAODX7TSEXTA ETAPA: Todavía le queda al banco una operación con que lucrarse ya que todo lo legislado ha sido redactado por influyentes despachos de abogados al servicio de la banca y llevado al Congreso de los Diputados para ser sancionado en Ley. La negativa de la banca en aceptar la dación en pago no es solo por el residual que representa (una vez que se ha adjudicado la garantía) sino por lo que puede obtenerse de ella. Normalmente, los bancos ceden estas deudas a fondos especializados en el recobro, existen nacionales y potentes grupos extranjeros que se dedican con ahínco a este menester. La trasmisión de estas deudas se hace a precios de desguace (entre el 5 y 10%) el banco tampoco pelea a brazo partido ya que el diferencial entre su valor en libros y el valor que se obtiene por la transmisión a estos fondos buitres es deducible del Impuesto de Sociedades. Es decir, los fondos públicos acaban mediante la deducción fiscal, de hacerse cargo de un nuevo ingreso a la caja del banco. CONCLUSIÓN DE LA SEXTA ETAPA: Por quinta vez el banco, sin abonar un solo euro de su caja de caudales, ha ingresado el importe del préstamo y a la vez mantiene al desahuciado como deudor hipotecario a pesar que presumiblemente esté cubierta (saldada) por la cesión al Sareb del inmueble en cuestión. Además de la “venta del crédito” a un fondo de recuperación de deudas se le faculta a deducir esa minusvalía fiscalmente, complementando la quintaesencia de la operativa bancaria.

imagesJDJHYRHJCONCLUSIÓN FINAL: La expansión acelerada del universo de la banca proviene de la propensión a escabullirse de la reglamentación y normativa legislada adaptándola a su conveniencia.  El aquelarre y desplome del sistema financiero español, se debe en buena parte, a la desactivación del mecanismo de seguridad que consistía en un equilibrio entre los activos en riesgo y el capital social de la entidad financiera. La manipulación fraudulenta del mecanismo de seguridad, consiste en burlar la información pública de la transmisión del crédito al no constar su inscripción. De ahí todo el carrusel de incidencias en que la entidad financiera se sitúa asumiendo el papel que le conviene en cada momento, desde ser el organizador, el distribuidor del fondo de titulización, el gestor del cobro, y por último el dueño del préstamo y su garantía. En cada uno de los papeles que interpreta se adjudica una minuta. Nada se deja al azar, lo que interesa es el oscurantismo que permita extraer del balance contable las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria y se transfiere a una emisión de un fondo de titulización cuya metodología elimina la relación directa con los préstamos hipotecarios que contiene. Esta desvinculación permite que los bonistas desconozcan la mala vida que pueda llevar su inversión y a la vez no haya nadie a quien notificar que la entidad gestora de cobro (según las especificaciones del folleto de emisión) se adjudica el bien en garantía.

10382743_10204891603825671_7064688189356061303_n[1]Nos tendría que sorprender que después de centenares de miles de ejecuciones hipotecarias vinculadas a los bonos hipotecarios titularizados, así como a la cédulas hipotecarias (estas no se han citado y si permanecen en el balance contable del banco) en manos de inversores internacionales, no eleven su grito al cielo reclamando su fallida inversión a los bancos españoles originadores de este producto financiero, que han prescindido de las más elementales cautelas al estimar la solvencia del deudor. Es más que un indicio, que los inversores, sobre todo bancos franceses y alemanes, permanezcan en el más absoluto silencio. Lo que hace suponer que no tienen nada que reclamar. Deben de estar  cobrando el rendimiento de sus bonos hipotecarios de acuerdo con las condiciones de la emisión. El dinero público supuestamente destinado a los bancos españoles, está sosteniendo el cumplimiento pactado con los inversores. También se puede decir que las “ayudas” a la banca se han dirigido a bancos foráneos que se mantienen en pie gracias a los contribuyentes españoles. Las ejecuciones hipotecarias se han convertido en una pandemia, donde el deudor tiene mermados sus derechos frente a una entidad financiera que tuvo su interés en otorgar el préstamo, ya que el sistema fraccionario con el que funciona la banca le permitió colocarse en la condición de acreedor sin que de su caja saliera dinero real. A la vez que se posiciona, en la metodología descrita hasta aquí por la que se ve a una banca insaciable que dispone de un negocio lucrativo que provoca cierta vergüenza por lo desaforado por la práctica de un milagro que supera al de la multiplicación de los panes y los peces . Convendría conocer el papel que representan en los juzgados las entidades financieras de las varias que se acreditan. En definitiva, si es el dueño o no del crédito que ahora dice ostentar.

Acerca de ataquealpoder

Periodista y escritor.
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31 respuestas a La sorprendente vida y milagros de tu hipoteca

  1. JLL dijo:

    Estimado señor Novoa:

    Muchas gracias por tan valiosísima información. El asunto excede ya a la cuestión del hipotecado que impaga o a quien intente negociar una dación en pago de su vivienda con una entidad. Cualquier hijo de vecino que tenga su crédito hipotecario al día estará encantado de dar por terminada la relación contractual con su entidad y proceder a la demanda de levantamiento de la carga vía juzgado sin pagar un duro más al banco. No quiero ya ni entrar en posibles responsabilidades penales de este último por un posible delito de estafa.

    Por lo que apunta, parece obvio que no existiendo acreedor con personalidad jurídica, no puede existir una deuda reclamable. La cuestión es llegar a documentar la transmisión de la hipoteca entre la entidad bancaria y la sociedad gestora de fondos para tirar para adelante. Vamos, yo, que voy pagando mi hipoteca como puedo y al día la tengo, mañana mismo echaba para el juzgado si contase con esta información.

    Muchas gracias.

    JLL
    Alicante

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  2. JLL dijo:

    Se equivoca Vd. bastante, señor Novoa. Por supuesto que los ciudadanos que puedan verse en situación desesperada deben tener una atención prioritaria. Pero tener una hipoteca al día de pago no significa que no se esté conllevando con grandes sacrificios personales y familiares. En mi caso, yo no podría hacerlo sin la ayuda de una hermana. Acepte que algún «pudiente» pueda beneficiarse de esta iniciativa si sale adelante. Saludos

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    • Creo que No me equivoco ni poco ni bastante, el asunto no es solo documental se trata de que está en manos de un juez. Veamos, un banco inicia un ejecutivo hipotecario porque no pagas y pretende, como acreedor, quedarse con la garantía que es la vivienda. Es ahí donde puedes discutir si es o no es el verdadero acreedor. Si está la deuda al corriente de pago, no hay deuda vencida, no hay proceso judicial, ni hay discusión etc. etc. Por esta razón te decía que la «medicina» no está pensada para esto.

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      • JLL dijo:

        Cuenta Vd. con todas mis simpatías. Le digo que si yo pudiese demostrar este cambalache, el banco no cobra dos veces y el juez me levanta la carga.

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  3. cauac1 dijo:

    Debo darle un punto de apoyo a JLL…Mi novia y yo ya estamos para embargo, pero no tenemos fecha aún…pero he de decir que cuando ibamos «al día», era sólo eso, «al día» de la hipoteca…para comer buscábamos y recogíamos CENTIMOS por la calle para leche y sopa de sobre, cortes de agua, de luz…hasta que ya no pudimos más (agoté TODO el paro pagando la letra para estar «al día») y ya fue imposible sostenerse…

    El que está al día de pago no significa que no esté siendo VÍCTIMA DE UNA ESTAFA DESCOMUNAL y, en muchos casos como lo fué el nuestro, significa estar en unas condiciones DE POBREZA EXTREMA A NIVELES INHUMANOS.

    Lógicamente entiendo y apoyo al SR. Novoa, ahora mismo la prioridad es ayudar a esas gentes que ya están casi bajo un puente, TOTALMENTE DE ACUERDO 🙂

    Saludos!!

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    • cauca1 si estas en esas condiciones que mencionas puedes dejar los datos en el formulario de los «voluntarios» y te puedas dar por inscrito. A la dicho deja los datos en el formulario.

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      • cauac1 dijo:

        Hola!!
        Gracias por ofrecernos una «plaza de voluntarios»!!

        «Afortunadamente» ya no estamos en esas condiciones infrahumanas porque al no poder pagar la hipoteca ya iniciaron el proceso (a finales de 2010 recogimos «el tocho», y aún no sabemos nada), con lo que ya no nos pasan más letras; esto quiere decir que el dinero que conseguimos (ahora poco porque estamos los 2 en paro) es para «vivir» (lógicamente estamos guardando todo lo que podemos para cuando vengan las «flacas»).

        Las condiciones descritas las pasamos desde 2008 hasta finales de 2010 que ya no pudimos más. Desde entonces, al «no tener letra», hemos podido mejorar la situación; es sólo un parche temporal pero, irónicamente, nos ayudó a estar mejor.

        No tenemos fecha de alzamiento, de echo ni siquiera tenemos noticias de nada al respecto.

        Le mando un cordial saludo!!

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  4. josema dijo:

    La estafa comienza ya con la creación del dinero-deuda de la nada. Es ahí donde hay que insistir para hacer un cambio radical del sistema financiero, pues esa regla «divina» que se adjudican los banqueros es la que convierte al resto de la población en sus esclavos. Necesitamos un nuevo sistema y para ello hace falta unos gobernantes con narices para enfrentarse a los tiranos, apoyados naturalmente en la gente. Nada sencillo sabiendo que los gobiernos están asimismo canibalizados por organismos supranacionales.

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  5. losensambladores dijo:

    Reblogueó esto en Desmontando a Babylony comentado:
    Aventuras y desventuras de un préstamo hipotecario….

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  6. David dijo:

    Buenos días,soy bastante novato en esta terminología,me parece muy interesante y de gran provecho,pero no acabó de entender lo relativo a la novación,:¿me lo puede explicar alguien?
    Gracias

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  7. prextbeatriz dijo:

    buf! Dificil entender para mi lado del cerebro predominante;pero seguiré insistiendo.Ante todo Gracias y que tengas un feliz 2015,mejor que éste que termina.
    Entiendo que hay una fisura en esta red estafa hipotecaria.
    Y…entiendo bien si digo que la susodicha esta indicada para los que dejan de pagar,na más?.
    Mi caso,para quien me pueda dar un aire;que estoy mu bloqueada.Gracias
    186000 euros ,costó mi piso;47 m .cuadrados,sin garaje,trastero,ni na de na;
    1961 año de construccion.
    139000 de hipoteca firmé en el 2006
    47000 euros de préstamo personal (pagado ya)
    112000 euros de deuda
    Ingresos 426
    Hipoteca 370 cada mes
    Me han ofrecido dacion con alquler social de 150;así me quedan 270 para seguir viviendo hasta 2 años…despues 3 más…y a partir de ahi? No me garantizan na de ná.
    Si empiezo a trabajar me suben a 360…,jeje,listos no?
    El piso ahora vale 50000,(calculo).
    He pagado ya 95000 con intereses incluidos,mas o menos.
    Mi responsabilidad, si tengo, ya está más que cumplida o poco menos.
    Creeis que voy a darles mi piso?
    Creo que quiero dejar de darles más dinerito…
    Necesito una fisura que sea más clara ante lo que ya está claro:
    1)Es una estafa,(esto esta mu mal)
    2)Me tienen que proteger en cuanto dice la constitucion respecto a vivienda digna
    3)Responsabilidad moral de los bancos,jueces,abogados,notarios,élite…etc.
    Bueno,saludos para todos.Seguiremos buscando y encontrando!

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    • La brecha, como bien dices está para los que dejan de pagar ya que se puede demostrar que el banco sólo le corresponde el papel de cobrador pero no es el dueño de la deuda: lo es el bonista. Si tu pagas y el banco cobra no hay nada que decir, no hay brecha. Ahora bien, sigue el blog que puede otro tipo de solución. De todas formas si te ves avocada a dejar de pagar pásate por aquí.

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    • nzg dijo:

      Hola.

      Los bancos no pueden acogerse a la dación en pago, ya que la LEY no se lo permite, no es legal.

      Saludos

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  11. Felipe dijo:

    Gracias por vuestro trabajo y por abrir una puerta a la esperanza de tantos estafados por los Gobiernos y los Bancos. Muy grandes!

    Lo que creo la clave de todo este asunto es ¿cómo obtener pruebas de que el préstamo hipotecario de uno ha sido «titulizado» y ya no es propiedad del Banco?… ¿Cómo demostrar que mi hipoteca ha sido metida en un saco y pertenece a otro?…

    Sin esa información no podemos ir más lejos, creo yo.

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    • Todo está explicado en el artículo de «la bomba» en el «Crónica de un desahucio …» y en el del «tic -tac» si los lees tienes la respuesta.

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    • nzg dijo:

      Felipe.
      Es difícil llegar a la documentación, a no ser que sea experto en derecho bancario.
      Yo misma he llegado a conseguir toda la documentación de los fondos titulaciones, y estamos en pleno procedimiento Judicial.

      Saludos

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  18. ver el art 1859 del cc la dacion en pago de bienes hipotecados esta contundentemente y sin lugar a dudas prohibida en nuestro ordenamiento juridico

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  19. la norma del art 1859 cc que literalmente dice .el acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca .ni dispomer de ellas prohibe que los bancos se queden con las casas hipotecadas ya sea mediante una dacion en pago o mediante una ejecucion hipotecaria o mediante cualquier otro medio

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